La propiedad horizontal se conoce como copropiedad porque los inmuebles comparten la gestión, administración y mantenimiento de los espacios físicos comunes. El concepto de propiedad horizontal se deriva de la unión de dos nociones relacionadas. Es decir, pueden ser colaterales, paralelas, de la mano, horizontales o de lado, pero ninguna puede coexistir sin la participación de la otra. Son dos derechos diferentes, pero funcionan juntos.
La propiedad horizontal tiene calidad de persona jurídica legalmente constituida, pues contrae tanto derechos como obligaciones y contamos con excelentes profesionales que atenderán asuntos como:
● Consultoría, asesoría y representación legal.
● Defensa de la propiedad horizontal frente a otras entidades.
● Procesos sancionatorios.
● Administración de cartera (cobro pre-juridico y jurídico).
● Elaboración de conceptos jurídicos.
● Elaboración y revisión de contratos.
● Elaboración y contestación de derechos de petición, tutela y/o demás documentación requerida.
● Elaboración, corrección o revisión del reglamento interno de la propiedad horizontal.